El máximo tribunal ratificó la sentencia emitida por su par provincial en 2015. La empresa deberá devolver el incremento que aplicó en 2012. “Fueron ocho años de intenso trabajo”, expresó la defensora del Pueblo de Escobar, Rocío Fernández.
El máximo tribunal ratificó la sentencia emitida por su par provincial en 2015. La empresa deberá devolver el incremento que aplicó en 2012. “Fueron ocho años de intenso trabajo”, expresó la defensora del Pueblo de Escobar, Rocío Fernández.
Lenta, pero llega. A ocho años del inicio del litigio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra del aumento tarifario dispuesto en 2012 por la empresa Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA) y le ordenó que devuelva a los usuarios el dinero indebidamente cobrado.
El reclamo se gestó en la Defensoría del Pueblo de Escobar. Por eso su titular celebró el fallo. “Fueron ocho años de intenso trabajo, donde hubo momentos difíciles, donde la situación se nos presentaba en contra. Pero no desistí porque tenía el convencimiento de que el planteo era justo y, además, era mi obligación como defensora del Pueblo llevarlo a cabo», sostuvo Rocío Fernández.
En una resolución emitida el jueves pasado, el máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte bonaerense y ordenó a la empresa estatal ABSA devolver unos $1.800 millones por los aumentos de 180% que pagaron los usuarios durante más de un año. Los jueces objetaron el incremento impuesto por el entonces gobernador Daniel Scioli en 2012, argumentando que se aplicó sin el llamado a una audiencia pública correspondiente.
El pronunciamiento se suma a una serie de fallos adversos para el oficialismo, que como un goteo persistente el máximo tribunal viene sacando desde que el presidente Alberto Fernández impulsó la reforma judicial y la idea de ampliar los miembros de la Corte Suprema.
Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti avalaron el fallo de la corte provincial, mientras que -en minoría- los jueces Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco votaron por revertir la medida y ordenar un nuevo dictamen.
El fallo original había sido dictado por el ex juez en lo contencioso administrativo de La Plata, Luis Arias, quien había ordenado la suspensión del aumento y la devolución de lo pagado hasta entonces. Sin embargo, si bien en su momento la Provincia frenó el incremento y avanzó en otro de menor cuantía cumpliendo con la audiencia pública, el ex magistrado apeló en todas las instancias la devolución de lo cobrado.
La Corte bonaerense confirmó el fallo de Arias y ordenó la devolución de los montos, acreditándolos en futuros servicios (ver nota acá ). En ese momento se calculó que se trataba de unos $1.800 millones, pero la empresa alegó la imposibilidad de calcular cuánto exactamente le correspondía a cada usuario, y el pleito se estancó en pericias contables, por lo que el fallo nunca se cumplió.
En abril de 2015, en tanto, la Fiscalía de Estado y la propia ABSA -firma con mayoría de capital estatal- apelaron la decisión y argumentaron que los votos que determinaron la solución de la Corte bonaerense partieron de fundamentos disímiles y que prescindieron de las constancias del expediente administrativo, del que surgiría el cumplimiento de las instancias de participación previstas.
“Este proceso fue extenso. En 2012 un aumento del 180% en un servicio público, de manera inconsulta, nos resultaba antijurídico. Nunca nos íbamos a imaginar que años después los aumentos serían del más de 1.000%, con montajes de audiencias públicas. Por eso, a pesar de ello, siempre estuve presente en todas las que convocaron, poniendo la voz de los usuarios de Escobar”, sostuvo Fernández.
«Ahora empieza otra etapa, y estaremos en ella», concluyó la funcionaria escobarense, que fue notificada a presentarse el 10 de septiembre para presenciar la pericia por parte de los Amigables Componedores, para determinar los montos a devolver a cada usuario.
Un aspecto a considerar es que el servicio de agua corriente y cloacas en el partido de Escobar es provisto por AySA desde noviembre de 2016 (ver nota acá), por lo que se deberá resolver si el reintegro se imputa en créditos a favor del usuario en las próximas facturas o si se emplea otra vía para concretar el resarcimiento.
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