Desalojo en el barrio Stone: Rompió el silencio el martillero Carlos Costa

“No he vendido ni ofrecido lote alguno a ninguno de los ocupantes. Si hubo quien los vendió, es alguien totalmente ajeno a mi persona”, aseguró el desarrollador inmobiliario. Además, aclaró que originalmente el desalojo estaba ordenado para fines de marzo.

lunes 05 febrero, 2024

Sin consuelo. Las familias debieron abandonar este martes las viviendas que habían construido.

“No he vendido ni ofrecido lote alguno a ninguno de los ocupantes. Si hubo quien los vendió, es alguien totalmente ajeno a mi persona”, aseguró. Además, aclaró que originalmente el desalojo estaba ordenado para fines de marzo.

A través de un escrito que hizo llegar a la redacción de El Día de Escobar, el martillero Carlos César Costa decidió romper el silencio y aclarar su vínculo con el predio del barrio Stone del que fueron desalojadas este martes cincuenta familias, algunas de las cuales mencionaron su nombre como supuesto vendedor de los terrenos que compraron.

Hasta ahora, quien había salido a defender su inocencia había sido su hermano, Roberto Costa, actual presidente del bloque de senadores provinciales de Juntos por el Cambio. “Mi hermano no vendió ningún lote a las personas que lo están ocupando. Quienes dicen otra cosa están mintiendo”, aseguró el legislador, quien relacionó los señalamientos a una cuestión política (ver nota acá).

En su derecho a réplica, Carlos Costa expuso trece puntos en los que detalla la cronología del conflicto, niega las acusaciones que deslizaron algunos vecinos ante los medios y destaca la acción de los distintos estamentos estatales para abordar la problemática.

“No he vendido ni ofrecido lote alguno a ninguno de los ocupantes. Y si hubo quien los vendió es alguien totalmente ajeno a mi persona y/o a la propietaria”, aseguró el martillero escobarense en uno de los párrafos de su misiva. Además, señaló que “de acuerdo a las constancias de la causa penal, algunos de los ocupantes poseían otra vivienda”.

También indicó que “los lotes usurpados son propiedad de Nuevo Maschwitz SA”, empresa a la cual tiene está relacionado como accionista y “desarrollador del loteo”.

Además, precisó que “la usurpación se produjo el 19 de septiembre de 2019 y la denuncia penal se efectuó inmediatamente. El 24 del mismo mes se amplió la denuncia, dado que los usurpadores seguían ingresando al predio”.

Sobre este punto, expuso que “la devolución de la posesión” se demoró por el “extenso protocolo establecido por la Suprema Corte”. No obstante, dijo que a principios de marzo el Juzgado de Garantías Nº3 de Escobar “ordenó la restitución de la posesión”, que debía cumplirse el último día de ese mes. Pero la cuarentena por la llegada de la pandemia del coronavirus al país frenó el desalojo.

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Costa también sostuvo que “con los ocupantes se mantuvieron innumerables audiencias de mediación dispuestas por la Justicia”, en las que también participaron representantes municipales, funcionarios provinciales y el Defensor del Pueblo de la Provincia. “Pero nada se pudo lograr”, dijo.

“Los desalojados tenían pleno conocimiento de que no eran propietarios y quiénes son los titulares del dominio y que existía un reclamo judicial por la ocupación, por cuanto han sido notificados, censados y avisados por la Justicia y los organismos administrativos que actuaron”, agregó el profesional, cuyo descargo se reproduce textualmente a continuación.

Ante las notas periodísticas que me mencionan en el tema del desalojo de la propiedad del Barrio Stone de la Ciudad de Belén de Escobar, debo aclarar:

a-Que los lotes usurpados son propiedad de Nuevo Maschwitz SA, y que actúo como accionista de la misma y desarrollador del loteo (no barrio cerrado ni un Country).-

b-La usurpación se produjo el día 19 de septiembre de 2019 y la denuncia penal se efectuó inmediatamente. El día 24 del mismo mes y año se amplió la denuncia dado que los usurpadores seguían ingresando al predio.

c-Se debió cumplir con un extenso protocolo establecido por la Suprema Corte Provincial, lo que demoró la devolución de la posesión.

d-A principios del mes de marzo del presente año 2020 el Sr. Juez de Garantías Nro. 3 de Escobar, ordenó la restitución de la posesión, con las prevenciones del caso, acto que debía concretarse el día 31 de Marzo de 2020. Dicha medida no se pudo realizar por haberse instalado el aislamiento social obligatorio.

e-Definitivamente el Juez actuante ordeno el desalojo el día 3 del corriente, lo que se concretó correctamente. Cabe destacar que se encontraba presente como VEEDOR en el acto del desalojo el Dr. LEONARDO CARLOS GALLETA, Defensor del Pueblo de la Pcia. De Bs.As., el que nada tuvo que objetar sobre el correcto desenvolvimiento de las fuerzas policiales, Ministerio Público Fiscal y Personal Municipal.

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f-Con los ocupantes se mantuvieron innumerables audiencias de mediación dispuestas por la Justicia. Audiencias a las que además intervinieron La Municipalidad de Escobar, La Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Viviendas de la Pcia. De Bs. As., La Agencia de Planificación para la vivienda y el hábitat del Municipio de Escobar, el Sr. Defensor del Pueblo de la Provincia de Bs.As., y varios organismos provinciales mas, pero nada se pudo lograr.

g-Los desalojados tenían pleno conocimiento de que no eran propietarios y quienes son los titulares del dominio y que existía un reclamo judicial por la ocupación, por cuanto han sido notificados, censados y avisados por la Justicia y los organismos administrativos que actuaron (Ej.. Ministerio Publico Fiscal, Municipalidad de Escobar, etc.).

9-No he vendido, ni ofrecido lote alguno a ninguno de los ocupantes y si hubo quien los vendió es alguien totalmente ajeno a mi persona y/o a la propietaria.

10-De acuerdo a las constancias de la causa penal algunos de los ocupantes poseían otra vivienda.

11-Propongo a quienes informan sobre el tema que concurran a verificar el expediente penal (IPP 18-01-008958-19/00) a fin de dar información certera y evitar confusiones causadas por las declaraciones de las partes.

12-Debo mencionar el accionar del Municipio de Escobar en la dirección de solucionar el conflicto.

13-También reconozco el accionar de la Justicia y Ministerio Público Fiscal, que a pesar de los obstáculos normativos vigentes, ha demostrado tener vocación de mantener el estado de derecho.

CARLOS CESAR COSTA

DNI. 17.983.819

MARTILLERO Y CORREDOR PUBLICO

CZC 191.-