Condenan a 5 años de cárcel a un hombre por abusar de su sobrina en Garín

El Tribunal Criminal Nº2 le impuso esa pena a un individuo de 42 años. La víctima tenía entre 4 y 8 cuando ocurrieron los hechos, entre 2016 y 2020.

mano menor edad

Un hombre de 42 años fue declarado culpable del delito de abuso sexual simple reiterado en perjuicio de su sobrina por el Tribunal Criminal Nº2 de Zárate-Campana, que le impuso una pena de cinco años de prisión. Los hechos ocurrieron entre 2016 y 2020, cuando la víctima tenía entre 4 y 8 años, en la localidad de Garín.

La sentencia emitida el pasado martes por la jueza Lucía María Leiro tuvo como fundamento principal la declaración de la menor en Cámara Gesell. En esa instancia, la pequeña señaló consistentemente los tocamientos que recibía de su tío en la casa de sus abuelos paternos, donde a vaces su madre la dejaba para ir a trabajar.

Los padres de la menor empezaron a notar signos de angustia y comportamientos inusuales cuando ella tenía 7 años. Por eso recurrieron al psicólogo escolar, quien sugirió que podría haber sido “abusada”. Sin embargo, recién en 2020 la niña reveló los abusos que sufría por parte de su tío, Jonatan David Bonet. A partir de este relato, su madre presentó formalmente una denuncia penal contra el hermano de su pareja, dando inicio a la investigación.

La menor declaró que su tío la tocaba de manera inapropiada en su habitación o cuando buscaban bichitos en el parque de la vivienda, ubicada sobre la calle 18 de julio al 700. El expediente judicial señala específicamente que el Jonatan Bonet “la llevaba a su habitación o al exterior de la vivienda y le tocaba su vagina y pechos por encima y por debajo de la ropa”.

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Además, la menor contó -con sus palabras- que su abuela paterna estaba al tanto de los abusos y le daba regalos pidiéndole que no hablara porque sus padres se pondrían “loquitos o harían algo raro”.

Teniendo en cuenta lo expuesto más otras consideraciones, el fiscal Christian Fabio solicitó que el acusado reciba una condena de cinco años de prisión por el delito de abuso sexual simple reiterado, agravado por su condición de familiar directo y responsable de la guarda.

El tío se declaró inocente

Por su parte, el imputado aseguró durante el juicio que jamás tocó a su sobrina, que nunca estuvo a solas con ella y que cada vez que estaba con la menor en su habitación, jugando con la computadora, mantuvo la puerta abierta. Además, mencionó que tenía un interés en las ciencias y que trataba de enseñarle sobre bichitos, sugiriendo que las interacciones entre ellos eran inocentes.

A su vez, la defensa, encabezada por el abogado Hugo Walter Trindade, solicitó la absolución del imputado, alegando que no había pruebas suficientes que sustentaran las acusaciones. También pidió que se valore que su defendido no cuenta con antecedentes penales y que se mantuvo a derecho durante todo el proceso judicial.

Actualmente, el imputado tiene 42 años, desde mediados de 2022 vive en General Pacheco y trabaja como programador informático.

“Siento una paz profunda”

La madre de la menor, llamada Sonia Drachenberg, celebró el fallo de la jueza Leiro. “Ahora siento una paz profunda al saber que hemos logrado justicia no solo para ella, sino también para todas las niñas que han pasado por situaciones similares”, declaró a El Día de Escobar.

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Además, cargó contra la familia del padre por haber querido inducir a que su hija guardara silencio ante el abuso del que era víctima. “A mi hija la amenazaron y manipularon para que no contara lo que estaba viviendo. Fue un momento muy duro cuando finalmente pudo abrirse y contarme su experiencia”, expresó la mujer. 

Más allá de la satisfacción por la condena, la madre de la menor reveló que la pena le pareció escasa. “Debo expresar mi desacuerdo con la duración de la condena. Los cinco años que se le impusieron me parecen insuficientes en comparación con el dolor y los traumas que mi hija llevará el resto de su vida”, manifestó.

El artículo 119 del Código Penal determina que “será reprimido con reclusión o prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece (13) años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Colaboración periodística: Nataly Frontanilla

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