Fallo polémico: Un juez federal de Rosario le concedió la prisión domiciliaria a Patti

El ex intendente y ex subcomisario de Escobar, de 66 años, obtuvo el beneficio por su estado de salud. Ahora podrá cumplir su condenas a cadena perpetua en el country Septiembre. Abuelas de Plaza de Mayo rechazó el polémico fallo judicial.

lunes 05 febrero, 2024

Seguimiento. El Servicio Penitenciario controlará a Patti a través de un sistema de vigilancia electrónica.

El ex intendente y ex subcomisario de Escobar, de 64 años, obtuvo el beneficio por su estado de salud. Ahora podrá cumplir sus condenas a cadena perpetua en el country Septiembre. Repudio de Abuelas de Plaza de Mayo.

El ex intendente de Escobar y ex subcomisario de la policía bonaerense Luis Abelardo Patti, quien está condenado a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, recibió este viernes el beneficio de la prisión domiciliaria. La agrupación Abuelas de Plaza de Mayo repudió la decisión judicial y el fiscal apelará.

El juez del Tribunal Oral Federal de Rosario 2, Otmar Paulucci, le concedió el beneficio al represor de 64 años debido a sus problemas de salud. En principio, Patti continuará cumpliendo con su pena en su casa del barrio privado Septiembre, en Belén de Escobar, donde estará acompañado por su esposa, la escribana Elizabeth Ferraro Mansur, y su pequeña hija Macarena.

La resolución, que será apelada por el fiscal Adolfo Villat, fue repudiada por Abuelas de Plaza de Mayo en un comunicado: «Entendemos que el cuadro de salud que presenta Patti puede tratarse adecuadamente en el Hospital Penitenciario de Ezeiza y a través de la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario Federal, como lo venía haciendo», manifestó la institución.

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La agrupación que lucha por los derechos humanos agregó que «llamativamente, el juez Paulucci fundamentó su decisión en los trastornos que provocaría a Patti su traslado para ser atendido en establecimientos médicos fuera de la cárcel, traslados que deberá continuar realizando desde su nuevo domicilio de privilegio».

La organización que preside Estela de Carlotto, además, señaló que «resulta preocupante que no se tuviera en cuenta la circunstancia, debidamente acreditada, de que en el desarrollo de los juicios en su contra Patti fingiera afecciones de salud para evitar ser juzgado».

Además, advirtieron que, si bien en la decisión judicial se dispuso incorporar a Patti al programa de ‘vigilancia electrónica’, no se tuvo en cuenta el hecho de que la casa se encuentre en un barrio cerrado, lo que «dificulta la realización de mayores medidas de control así como una respuesta rápida ante el quebrantamiento de los límites de la prisión domiciliaria», señalaron.

En ese sentido, además de rechazar la medida, la agrupación exigió «la protección de los testigos que han contribuido a que los responsables de delitos de lesa humanidad sean condenados» y reclamó «que se adopten medidas para garantizar que las prisiones domiciliarias no se transformen en una libertad encubierta».

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El ex subcomisario de la Policía Bonaerense, condenado a prisión perpetua por el secuestro, torturas y asesinato de personas durante la última dictadura, reclamó a la Justicia el beneficio de la prisión domiciliaria por problemas de salud desde que en 2010 sufriera un ACV.

En septiembre de 2014 la Corte Suprema de Justicia había confirmado la condena a prisión perpetua para el ex intendente por el secuestro y posterior asesinato del ex diputado nacional Diego Muñiz Barreto y del militante Gastón Gonçalvez; pero a Patti también se lo condenó por la desaparición de dos integrantes de la JP de Escobar, los hermanos Luis y Guillermo D’Amico, y por el fusilamiento en 1983 de los militantes de «la Tendencia» peronista Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi.

El ex comisario había sido electo diputado nacional en 2005, aunque nunca asumió y fue desaforado por los cargos que enfrentaba. Cuatro años después buscó una nueva candidatura legislativa en 2009, que fue finalmente vetada por la Cámara Nacional Electoral al hacer lugar a las impugnaciones de agrupaciones de derechos humanos.