El Juzgado Federal de Zárate-Campana ordenó suspender la habilitación de nuevos emprendimientos inmobiliarios y ampliaciones de los existentes sobre la cuenca del Río Luján.
En las últimas horas, el Juzgado Federal de Zárate-Campana ordenó suspender la habilitación de nuevos emprendimientos urbanísticos cerrados, como así también ampliaciones en los ya existentes, en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján en los partidos de Escobar y Pilar.
La resolución tomada por el juez federal Adrián González Charvay tendrá vigencia hasta tanto se realice y evalúe «un estudio pericial integral e interdisciplinario» para «determinar, detallar y delimitar los diferentes humedales que existan en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján», específicamente en los municipios de Pilar y Escobar. Dicha tarea fue encomendada por el magistrado al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet).
En su fallo, a instancias de una presentación iniciada por la Asamblea Ambientalista del partido de Escobar, el juez informa al Ministerio de Infraestructura y Obras Públicas de la provincia de Buenos Aires que «hasta la conclusión del estudio pericial deberá abstenerse de otorgar convalidaciones técnicas finales o bien factibilidades para la construcción de nuevos emprendimientos urbanísticos cerrados, construcciones y/o emprendimientos en general, como así también ampliaciones de los ya existentes en la zona comprendida por la cuenca del Río Luján en los partidos de Escobar y Pilar».
En este punto, la decisión de González Charvay también involucra al Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS), a la Autoridad del Agua y a los municipios de Escobar y Pilar, «como así también a todo organismo gubernamental, ya sea a nivel municipal o provincial que intervenga en el proceso administrativo de otorgamiento de convalidaciones técnicas finales o factibilidades «.
Si bien el dictamen no menciona casos específicos, uno de los megaemprendimientos que podrían verse afectados en Escobar es la ciudad-pueblo Puertos, de Eduardo Costantini, así como las urbanizaciones denominadas El Cazal y El Naudir, que también se encuentran en las proximidades del Luján.
El reciente fallo se suma a uno similar producido a comienzos de este mes por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Isidro N°1, a cargo de la jueza Sandra Arroyo Salgado, quien ordenó a Escobar y a otros quince municipios que se abstengan de autorizar la construcción de nuevos emprendimientos inmobiliarios en la Cuenca del Río Luján (ver: El fallo de Arroyo Salgado).
En ese caso, la jueza dictaminó que las comunas involucradas “se abstengan de autorizar la construcción de nuevos emprendimientos o ampliaciones de los ya existentes” en la planicie de inundación del Río Luján y del Delta del Paraná “hasta tanto el tribunal cuente con las conclusiones del estudio pericial acumulativo ordenado y, además, se disponga lo contrario”.