Ratifican un fallo que obliga al Municipio a reincorporar a cuatro empleados

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás confirmó la sentencia de primera instancia. Habían sido cesanteados en 2009 por el intendente Sandro Guzmán.

lunes 05 febrero, 2024

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás ratificó el fallo de primera instancia que obliga al Municipio de Escobar a reincorporar a cuatro agentes que fueron despedidos en 2009 por el intendente Sandro Guzmán a través de decretos “arbitrarios e irrazonables”.

Así, el tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emanada en noviembre de 2013 por la jueza Inés Ayerbe, titular del juzgado Contencioso Administrativo de Campana, haciendo lugar a las demandas promovidas por Angel Ramón Arbelo, Stella Ñamandu, Gustavo Molina y Liliana Olego contra la Comuna que ahora es administrada interinamente por Walter Blanco.

Ayerbe había declarado la nulidad de los decretos municipales 1646/08, 1647/08 y 314/2009, y consecuentemente ordenó a la Municipalidad a reincorporar a los cuatro empleados mencionados en un cargo equivalente al que detentaban al momento del cese, además de abonarles los salarios caídos desde marzo de 2009.

Contra esta sentencia, el Municipio interpuso un recurso de apelación cuya resolución no hizo otra cosa que ratificar la condena impuesta en primera instancia.

Antecedentes

A poco de asumir Guzmán el primero de sus dos mandatos en la Intendencia, los cuatro agentes, que se desempeñaban en diferentes áreas y cargos, fueron trasladados a los museos de Belén de Escobar, Garín y Matheu. Una suerte de castigo político por negarse a abandonar el ya desmembrado Paufe de Luis Patti y seguir los pasos del flamante jefe comunal.

Te puede interesar  Hugo Cantero: “Massa plantea una vuelta al neoliberalismo de los ‘90”

Poco después, Guzmán dictó el decreto 1646/2008 por el cual, en su artículo 1, dispuso la disolución de la Dirección de Museos y de los museos de Escobar, Garín e Ingeniero Maschwitz. Sin embargo, el artículo 2 del mismo acto creó la Dirección de Investigación Histórica y Archivo, que no fue otra cosa que la Dirección de Museos pero con otro nombre. Y, además, los museos siguieron funcionado.

Asimismo, el decreto de marras reubicó a todos los agentes que se desempeñaban en la Dirección de Museos en la “nueva” Dirección de Investigación y Archivo Municipal, salvo a los cuatro empleados en cuestión, quienes fueron puestos en disponibilidad durante 90 días y en marzo de 2009, a través del decreto 314/2009, quedaron cesantes.

A partir de allí, los despedidos iniciaron una demanda contra el Municipio que fue patrocinada por el abogado Miguel Cornaglia, del estudio Sánchez-Cornaglia, otrora subsecretario de Gobierno en la gestión anterior a la de Guzmán.

En su fallo de noviembre pasado, la jueza Ayerbe sostuvo que los decretos por los cuales los cuatro empleados fueron cesanteados se encontraban “viciados en su causa y motivación”, a la vez que los calificó de “arbitrarios e irrazonables”. Más aún, afirmó que en el caso se configuró una “desviación de poder”, en tanto jamás hubo una disolución de los museos, que hasta hoy continúan funcionado, sino que se trató de una maniobra de “claros tintes políticos”.

Te puede interesar  Con 34 medallas, Escobar terminó 24º en la tabla general de los Juegos BA 2012

Qué dijo la Cámara

En sus sentencias, los jueces superiores entendieron que “el Municipio de Escobar, para determinar la cesantía, se apartó del principio de razonabilidad y adoptó un comportamiento extremo”.

“Se ha dejado al descubierto que la decisión adoptada por la administración municipal excede el marco de sus atribuciones y atenta contra el derecho de una restructuración administrativa, que como se ve no responde a la realidad”, fundamentaron los magistrados Marcelo José Schreginger, Cristina Yolanda Valdez y Damián Nicolás Cebey.

Los miembros de la Cámara concluyeron que “tal situación demuestra la violación del principio de estabilidad del empleo público, consagrado en el artículo 14 bis CN y 39 CP, que persigue defender a los agentes públicos de la discrecionalidad de las autoridades de turno, evitando el deterioro de la función pública y el desmedro de los derechos de los empleados del Estado”.

Tras este revés judicial, son dos los caminos que le quedan al Ejecutivo. El más lógico sería acatar la sentencia, reincorporando a Arbelo, Ñamandú, Molina y Olego y pagándoles todos los sueldos que no cobraron desde marzo de 2009 a la actualidad. La otra opción sería apelar ante la Suprema Corte bonaerense, aunque casi sin ninguna chance de revertir una historia que ya es cosa juzgada.